El feto contará como miembro de la familia para optar al bono infantil

La orden de Educación establece que el no nacido debe computar como hijo para calcular la renta familiar y el importe de la ayuda.

Las familias con ingresos de más de 72.469 euros perderán el bono infantil

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Las ayudas para la escolarización en el tramo de Educación Infantil de 0 a 3 años constituyen uno de los principales cambios impulsados por la Conselleria de Educación para el próximo curso. De entrada, porque dejarán de ser universales para repartirse en función de la renta de las familias, algo que han criticado las escuelas infantiles privadas por ver en esta nueva concepción otro varapalo al mermado sector. Sin embargo, el Consell mantiene al nasciturus, es decir, al no nacido, como miembro a computar de la unidad familiar.

Así consta en el borrador del proyecto de orden que establece las «bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a la escolarización en las escuelas y centros de Educación Infantil de primer ciclo de la Comunidad Valenciana». De este documento, al que ha tenido acceso este diario, se desprende paradójicamente que por primera vez el hijo no nacido será determinante a la hora de fijar la cuantía de la ayuda a la que un niño tendrá derecho.

Paradójicamente, porque los partidos de izquierda criticaron en su día al PP por promover una norma -la llamada ley Cotino, como respuesta a la ley del aborto de José Luis Rodríguez Zapatero y que avaló el Tribunal Constitucional- de la que se deriva ahora esta circunstancia.

Así, el primer requisito que se pide al alumnado para optar al bono es «haber nacido o estar previsto su nacimiento con anterioridad a la fecha que se determine en la convocatoria anual (nasciturus)». Para el hijo no nacido no se podrá pedir el bono infantil, pero este sí deberá ser contado para fijar el número de miembros de la familia.

El texto afirma en este sentido que «a efectos de determinación de la composición de la unidad familiar se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat, de Protección a la Maternidad, con lo que se considerará miembro de la unidad familiar el hijo concebido y no nacido desde el momento de la fecundación».

El matiz es importante porque, si bien quedarán excluidas todas las familias con ingresos superiores a los 72.460 euros anuales independientemente de los miembros de la unidad familiar, el número de hijos determinará qué importe de la ayuda recibe el alumno.

Según avanzaron en febrero el conseller y el secretario autonómico de Educación, Vicent Marzà y Miguel Soler, la renta per cápita se tendrá en cuenta para establecer si un alumno debe cobrar el importe mínimo o el máximo del bono infantil.

Esta es la otra novedad que introduce la Conselleria, pues no todas las familias que puedan optar al bono infantil recibirán para cada tramo la misma cantidad económica. Ahí es donde el número de hermanos -y la renta a repartir- influirá para cobrar más o menos ayuda. En todo caso, el baremo se establecerá en función de las rentas y el total de solicitudes que se presenten a la convocatoria, para la que aún no hay fecha.

Hermanos hasta 26 años

Además, serán miembros computables de la unidad familiar los «hermanos/hermanas menores de 26 años o mayores de dicha edad cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 33%, que convivan en el mismo domicilio y siempre que no perciban ningún tipo de ingresos».

Por otro lado, no podrán ser beneficiarios de las ayudas los escolares matriculados «en centros de Educación Infantil de primer ciclo de titularidad de fundaciones laborales constituidas por empresas privadas o de titularidad de cualquier institución pública o privada, cuando se dediquen a la atención exclusiva de hijos de empleados u ocupen para dicho fin el 75% de su capacidad». Los hijos de los trabajadores del centro becados, esto es, «que reciban las enseñanzas gratuitamente», tampoco percibirán bono infantil. Estos niños, eso sí, «contabilizarán a efectos de la ratio máxima autorizada de la unidad afectada».

Fuente: http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/ (24/5/2016)